{"id":41,"date":"2017-01-01T18:55:12","date_gmt":"2017-01-01T18:55:12","guid":{"rendered":"http:\/\/areslia.com\/?p=41"},"modified":"2017-08-18T18:55:53","modified_gmt":"2017-08-18T18:55:53","slug":"como-constituir-una-comunidad-de-propietarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/2017\/01\/01\/como-constituir-una-comunidad-de-propietarios\/","title":{"rendered":"\u00bfC\u00f3mo constituir una comunidad de propietarios?"},"content":{"rendered":"<header class=\"entry-header\">\n<p class=\"entry-title\">Son muchas las veces que escuchamos que se ha constituido una comunidad de propietarios, en un edificio de reciente construcci\u00f3n, o que un grupo de vecinos deciden constituirse en comunidad si no lo estaban.<\/p>\n<\/header>\n<div class=\"entry-content\">\n<p>\u00bfPero sabemos cu\u00e1les son los pasos para que podamos constituir una comunidad?<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, vamos a detallar que pasos hay que dar para que la comunidad quede constituida de forma legal. Como siempre, recomendamos que se acuda a un despacho de Administradores de Fincas colegiados para que nos asesoren y nos ayuden con la constituci\u00f3n de la comunidad.<\/p>\n<p>El primer paso ser\u00eda la adquisici\u00f3n de un Libro de Actas, que suelen venderlo en cualquier papeler\u00eda t\u00e9cnica, y a continuaci\u00f3n lo legalizaremos en el Registro de la Propiedad donde se encuentre inscrita la finca.<\/p>\n<p>Una vez que hemos cumplido con el primer paso, procederemos a convocar la celebraci\u00f3n de la primera Junta de Propietarios, en la que estar\u00e1n presentes todos los propietarios del edificio. El orden del d\u00eda de esta primera Junta deber\u00e1 contener los siguientes asuntos:<\/p>\n<p>1.Nombramiento de los cargos directivos y administrativos de la Comunidad o, lo que es lo mismo, nombramiento del presidente, secretario y Administrador.<\/p>\n<p>2.Aprobaci\u00f3n del presupuesto inicial de la Comunidad y de las cuotas que deber\u00e1 abonar cada uno de los propietarios.<\/p>\n<p>3.Aprobaci\u00f3n de los principales y primeros gastos, que podr\u00edamos denominar de \u201cpuesta en funcionamiento\u201d de la Comunidad, tales como: la contrataci\u00f3n del mantenimiento del ascensor, suministro de energ\u00eda el\u00e9ctrica y de agua, suscripci\u00f3n de una p\u00f3liza de seguro del edificio, contrataci\u00f3n del conserje, etc.<\/p>\n<p>4.Aprobaci\u00f3n de la creaci\u00f3n de un fondo de reserva y la dotaci\u00f3n de su importe, que no podr\u00e1 ser inferior al 5% del presupuesto ordinario anual.<\/p>\n<p>5.Adem\u00e1s puede incluirse la aprobaci\u00f3n de los Estatutos de la Comunidad.<\/p>\n<p>6.Igualmente, si han sido redactados, el orden del d\u00eda puede contener tambi\u00e9n la aprobaci\u00f3n de las normas o Reglamento de R\u00e9gimen Interior.<\/p>\n<p>De lo acontecido en esta primera Junta de Propietarios se redactar\u00e1 el Acta de Constituci\u00f3n, que incluir\u00e1 los primeros acuerdos tomados en ella. Este Acta ser\u00e1 la primera que deber\u00e1 contener el denominado \u201cLibro de Actas\u201d que toda Comunidad de Propietarios debe tener y conservar.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, debemos solicitar en la Agencia Tributaria el N\u00famero de Identificaci\u00f3n Fiscal (NIF). Se solicita cumplimentando el modelo 036, que deber\u00e1 ir firmado por el presidente de la Comunidad y acompa\u00f1ado de la fotocopia de su DNI y del Acta de Constituci\u00f3n de la Comunidad.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, es recomendable la apertura de una cuenta corriente en cualquier entidad financiera a nombre de la Comunidad para facilitar todas las transacciones y operaciones de tesorer\u00eda de la Comunidad: ingreso de las cuotas, pago de recibos, etc.<\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Son muchas las veces que escuchamos que se ha constituido una comunidad de propietarios, en un edificio de reciente construcci\u00f3n, o que un grupo de vecinos deciden constituirse en comunidad&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-41","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=41"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":42,"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/41\/revisions\/42"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=41"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=41"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/areslia.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=41"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}